El gobierno habilita la venta online y el delivery de medicamentos en las farmacias

25.04.2024
BUENOS AIRES, abril 25: Lo anunció en redes sociales Federico Sturzenegger, el autor intelectual del DNU que buscó desregular el sector. En el país, las leyes prohíben esta actividad.

Esta semana, la justicia decidió sus pender la desregulación de la dispensa de medicamentos, que se había establecido en el DNU presidencial firmado en diciembre pasado. La medida gubernamental habilitaba la venta fuera de farmacias de tratamientos OTC, además de retirar la obligatoriedad de tener un farmacéutico presente en cada mostrador. El fallo judicial establece "la obligación de la presencia, la atención personal y la dependencia exclusiva del farmacéutico con la farmacia o establecimiento que dirija, durante todo el horario de atención". El golpe contra el modelo que pretende imponer la gestión nacional al sector no evitó que se tomaran nuevas medidas para alentar la venta sin control. Este jueves, a través de redes sociales Federico Sturzenegger, ex presidente del Banco Central y autor intelectual del mega decreto, anunció la habilitación de la venta online de medicamentos en las farmacias, así como también el envío a domicilio. Por medio de su cuenta de X, el economista escribió la confirmación: ''Esta semana se autorizó a las farmacias para la venta online y la entrega de medicamentos en domicilio. Esto redundará en mayor competencia y menores precios, además de la obvia comodidad para los usuarios productos farmacéuticos''.

Sin mayores precisiones, Sturzenegger anunció este cambio en el sector de farmacias, que viene recibiendo ataques del gobierno nacional, que busca imponer un modelo liberal como el que rige en Estados Unidos, y que se contrapone con el modelo sanitarista que tiene años de tradición. El anuncio se da en el marco de las recientes iniciativas del Gobierno en respecto a la desregulación en la provisión de servicios de vuelos comerciales y los mencionados medicamentos, y que choca con la decisión de la justicia de anularlo. En el país, la ley 17.565 establece claramente que "los medicamentos, incluso aquellos de venta libre, deben ser dispensados personalmente en mostrador por farmacéuticos o personas autorizadas para el expendio". Además, la noma 26.567 de noviembre del 2009 ratificó esta decisión, prohibiendo la venta online y la entrega a domicilio. Incluso la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la venta por internet de medicamentos y otros productos, como complementos dietarios o cosméticos, en varias resoluciones, entre ellas una de julio de 2019. Esta prohibición fue decida ya que "no es posible garantizar ni su procedencia ni la calidad, según advirtieron el lunes autoridades sanitarias, en el marco de una preocupación de los países de la región por esta tendencia en el consumo". Incluso la agencia reguladora firmó un acuerdo con la plataforma Mercado Libre, la más grande de venta y compra online del país, para detectar y retirar tratamientos de su oferta.

La decisión de Sturzenegger va de la mano de una tendencia cada vez más grande, que se potenció en la pandemia, y es la presencia de medicamentos en las plataformas de E-commerce y empresas de delivery, se encuentra en conflicto con el espíritu de la ley actual. Como alertan los especialistas, esta situación atenta "contra la seguridad y la legitimidad de la oferta, así como contra la libre elección del consumidor, socavando la solidez de la cadena legal de comercialización de medicamentos y alejando al paciente de la farmacia". Estos establecimientos "no solo dispensan medicamentos y productos para el bienestar, sino que también ofrecen servicios farmacéuticos de promoción de la salud, contribuyendo al beneficio y seguimiento de las dolencias de los pacientes". La medida va en contra de la última decisión de la justicia, que dio marcha atrás contra la desregulación. Se trata del fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, que este martes suspendió los artículos 319, 320 y 321 del DNU 70/2023 que modificaban la actividad laboral de los farmacéuticos. Luego de lo que fue la suspensión completa del título IV vinculado al mundo del trabajo, la Justicia Laboral dejó sin efectos los artículos del DNU 70/23 que sacaba de circulación a los farmacéuticos porque derogaba los artículos 13, 20, 25, 26, 27, 40, 41, 42, 43 y 44 de la ley 17565 de farmacia, y favorecía la comercialización de los medicamentos y la ganancia de los laboratorios. La revocación de estos artículos mantiene la normativa actual, que exige "la presencia continua de un farmacéutico y ratifica que un profesional solo puede estar a cargo de un establecimiento".