La ANMAT prohibió tres medicamentos por irregularidades en su habilitación

04.09.2024
BUENOS AIRES, septiembre 4: mediante la disposición 7802/2024, la agencia reguladora ordenó retirar de todas las farmacias del país tres productos del laboratorio Black S.A., por problemas en su inscripción.

A través de una serie de resoluciones oficiales, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió esta semana la venta de tres medicamentos tras una inspección donde se detectó irregularidades en sus operaciones y finalmente fueron considerarlos ilegales. Los detalles de la prohibición fueron explicados en la disposición 7802/2024 oficializada en el Boletín Oficial. Se trata de la Back S.A. La empresa, ubicada en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contaba con productos farmacéuticos destinados para su distribución a pesar de no disponer de habilitaciones para operar como droguería. La medida incluye el inicio de un sumario por presuntas "infracciones a la legislación sanitaria", destacando la falta de las habilitaciones requeridas por la normativa vigente. Estas acciones buscan garantizar que las empresas del sector cumplan con los estándares de seguridad y regulación para proteger la salud pública. La ANMAT, tras confirmar que Back S.A. no cumplía con los requisitos legales para la comercialización y distribución de estos productos, ordenó la prohibición de su uso y distribución a nivel nacional.

La ANMAT impuso una prohibición sobre varios productos de Back S.A. debido a graves irregularidades en su distribución. Entre los que se destacan:

- La solución de dextrosa al 5 por ciento en presentaciones de 500 mililitros, correspondiente al lote 220628-23 con fecha de vencimiento en junio de 2025.

- El agua oxigenada al 10 por ciento en presentación de un litro.

- La solución fisiológica en presentaciones de 500 mililitros.

Estas acciones buscan garantizar que "las empresas del sector cumplan con los estándares de seguridad y regulación para proteger la salud pública".

En tanto, la semana pasada la entidad que regula la comercialización y autorización de productos que se pueden comercializar en el país había prohibido la venta de una reconocida marca de fideos tras corroborar que tienen ingredientes no permitidos. La investigación que dio origen a la prohibición de esta marca de fideos data de varios meses y fue llevada a cabo por la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAL). En este caso, se trata de un tipo de fideos secos, los cuales, según se determinó, podrían presentar distintos signos de contaminación y causar daños a la salud de las personas que lo consuman. El producto en esta ocasión es "fideos secos de harina de arroz con morrón, marcha THANI, libre de gluten", contenido neto: 400 gramos, RNPA: 21-128984, lote: 209, fecha de elaboración 4 de junio de 2024, fecha de vencimiento 4 de junio de 2025, elaborado por NyG SRL. De cara a esta sanción para la empresa, el organismo recomendó dos puntos clave tanto para consumidores como para quienes se encarguen de la distribución, para evitar así cualquier tipo de conflicto: A la población celíaca o alérgica al gluten que tenga en su poder el lote 209 del producto fideos secos de harina de arroz con morrón marca THANI, que se abstengan de consumirlo; a quienes expendan el lote del producto descripto, que lo retire de la comercialización y se contacten con su proveedor. A la vez que, la ANMAT informó que habrá sanciones para aquellos comercios que sigan exhibiendo y comercializando la mencionada marca de fideos.