La justicia unifica las causas contra los límites en la cobertura gratuita del PAMI

30.01.2025
MENDOZA, enero 30: Un tribunal tucumano que falló a favor de una entidad de jubilados le pidió a su par mendocino que le envíe el expediente, para tramitarlo a la vez. En la provincia receptora ya se intimó a la obra social a cumplir la orden.

El capítulo judicial de la lucha de entidades de jubilados y pensionados por mantener la cobertura gratuita del PAMI sigue generando novedades, en especial en las dos provincias donde están más avanzados los procesos. Pese al rechazo inicial, este miércoles la Cámara Federal de Tucumán ratificó que un proceso colectivo en favor de usuarios de esa provincia "debe ser enviada al Juzgado Federal de Mendoza debido a que allí se registró la primera causa por esa temática". Se trata del expediente iniciado por Carlos Aníbal Cisnero, diputado nacional (PJ) y la Asociación Civil Red de Defensa al Consumidor y Usuario (REDECU) en representación del colectivo de jubilados y pensionados de la provincia de Tucumán contra PAMI en el que solicitaron la suspensión de las resoluciones (2431 y 2537 de 2024) que fijaron nuevos parámetros o criterios para acceder a la cobertura de medicamentos al 100 por ciento por razones sociales y que le imponen al afiliado (jubilado o pensionado) la carga de acreditar ante dicho organismo una serie de requisitos. En el caso se requirió la habilitación de la feria de enero y el juez Guillermo Díaz Martínez, a cargo por subrogancia del Juzgado Federal de Tucumán, admitió el planteo para tramitar el expediente. En esa resolución, además, advirtió que el juez Pablo Quirós, titular del Juzgado Federal Nº 2 de Mendoza, había certificado un proceso colectivo por la misma temática y decretado una medida cautelar en favor de los jubilados de esa provincia cuyana. Debido a esa circunstancia, Díaz Martínez invocó las normas de la Corte Suprema que regulan los procesos colectivos y fundó que en virtud del principio de prevención era el juez cuyano el que debía tramitar -también- este planteo tucumano dado que inscribió un proceso colectivo en primer término. Los actores objetaron esa decisión y, de ese modo, el caso llegó a consideración de la Cámara Federal de Tucumán quien, ahora, ratificó la resolución del juez de primera instancia que dispuso la remisión a Mendoza del caso.

El tribunal, integrado en feria por los jueces Mario Rodolfo Leal, Patricia Moltini y Fernando Poviña, sostuvo "que la cuestión a resolver radica en determinar si la presente causa debe tramitar en la jurisdicción local, o si corresponde que se remita a Mendoza" y concluyó por la última opción por una serie de razones. Además, sostuvo el caso planteado en Tucumán reviste naturaleza colectiva y así lo han planteado sus accionantes. A raíz de ello, correspondía aplicar las acordadas y jurisprudencia de la Corte Nacional que gobiernan los procesos colectivos. Indicaron que el juez de grado consultó en el Registro de Procesos Colectivos a través de la consulta pública y que era un exceso ritual objetar que no haya pedido formalmente un informe de existencia de otras causas análogas. Asimismo, en torno al cuestionamiento que la causa solo atendía a los tucumanos y eso la diferenciaba de la que tramita en Mendoza, la Cámara sostuvo que debía primar la regla del juez que previno y que, además, aquél magistrado mendocino recién decretó una cautelar con carácter previo a la inscripción en el registro de procesos colectivos, lo que implica que no se puede adelantar a otras pretensiones que pueden dirigirse a ese órgano judicial a consecuencia de la referida anotación. Dijo el Tribunal que "el reglamento [de procesos colectivos] propende a sostener criterios similares en temáticas afines, lo que trae aparejado que una vez que el juez resuelva en un caso (que se registre) ese mismo criterio debe aplicarse en las sentencias posteriores en cuanto sea requerido por los grupos colectivos que correspondan". Por último, citó el precedente "Municipalidad de Leandro N. Alem" -un caso de tarifas- donde se registró un proceso colectivo con alcance solo a los usuarios de esa comuna, posteriormente, el juez competente (que había inscripto la causa) asumió otros expedientes de otros distritos con fundamento en la anotación previa.

Con estos argumentos, ratificó el criterio del juez Díaz Martínez y confirmó la remisión del caso al juez federal de Mendoza. Asimismo, en atención a los derechos en juego, le solicitó considerar el planteo cautelar para los jubilados y pensionados de la provincia de Tucumán. La semana pasada, el juez federal de Mendoza Marcelo Garnica intimó a la obra social nacional a restablecer "de manera inmediata" la cobertura gratuita de medicamentos para los jubilados mendocinos. El magistrado hizo lugar a un recurso de amparo presentado por una asociación civil de jubilados, que cuestionaba los nuevos criterios dispuestos por el PAMI a nivel nacional para la entrega de medicamentos sin cargo. En este sentido, el juez Pablo Quirós, del Juzgado Federal Nº2, ya había dictado una medida cautelar que suspendía la aplicación de estas modificaciones en la provincia de Mendoza. Al rechazar los argumentos presentados por el PAMI-Mendoza, el juez Garnica dejó en claro que el organismo debe acatar la normativa vigente y garantizar el acceso a los medicamentos esenciales para los jubilados. Además, estableció una multa diaria de 100 mil pesos en caso de incumplimiento, lo que podría generar un importante costo económico para la obra social. Con respecto a este tema, quien dio su punto de vista ante nuestro de comunicación fue Raúl Bonotti, titular de la Asociación de Jubilados y Pensionados de Mendoza (JUBYPEN). "Nosotros lo que hicimos fue presentar un amparo como acción precautoria. Ese recurso lo presentamos antes de Navidad, para pedir que se dé marcha atrás con la quita de medicamentos gratuitos del PAMI. La medida que aplicó el gobierno nacional perjudica a una gran parte de los jubilados. Me parece muy grave que se les quite este derecho a los adultos mayores, los cuales en su mayoría viven en condiciones de precariedad", argumentó Bonotti. "Muchos jubilados se quedan sin comprar la mitad de los medicamentos que le han recetado. Estamos hablando de que muchos de ellos no pueden continuar con su tratamiento. Lo que está en juego es la vida de la gente. PAMI les quitó los medicamentos subsidiados a todos los jubilados que cobren más de un haber mínimo y medio (uno 300 mil pesos). Los que superen ese límite para tener derecho a la gratuidad de los remedios, tienen que hacer todo un trámite ante el PAMI, llenar un formulario y una declaración jurada para demostrar su pobreza. Lo que no se entiende es porque proceden así, cuando el organismo ya tiene todos esos datos a través de ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero). Lo usan como filtró para dejarlos afuera del beneficio", denunció.